El finiquito laboral en Chile puede ser firmado por el empleador de forma remota utilizando Firma Electrónica Avanzada (FEA). Sin embargo, para su validez, el trabajador debe ratificarlo presencialmente en una notaría o ante un ministro de fe.
Cuando una relación laboral llega a su fin, es necesario formalizar el término con un finiquito. Este documento liquida los pagos pendientes y pone fin al contrato de trabajo. Una de las preguntas más frecuentes es si este trámite se puede realizar completamente en línea, sin necesidad de acudir a una notaría o a la Inspección del Trabajo.
La respuesta es que el empleador sí puede firmarlo de manera remota con Firma Electrónica Avanzada (FEA), pero el trabajador aún debe ratificarlo de manera presencial.
¿Por qué el trabajador debe asistir presencialmente?
El objetivo principal de este requisito es proteger los derechos del trabajador. La normativa vigente busca asegurar que:
• Comprenda y acepte las condiciones del finiquito.
• Reciba el pago correspondiente en los plazos establecidos.
• No sea objeto de presiones o irregularidades al momento de firmar el documento.
Por esta razón, aunque el empleador pueda firmar digitalmente, el trabajador sigue teniendo la obligación de asistir a una notaría o a la Inspección del Trabajo para completar el proceso.
Fuentes legales
- Código del Trabajo, artículo 177
- Ley N° 21.280 – Firma Electrónica Avanzada para Finiquitos